Rocío Carrasco pierde su última batalla judicial contra Olga Moreno a la que demandó por presuntas calumnias y derecho al honor, en sus declaraciones.
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Rocío Carrasco pierde su última batalla judicial contra Olga Moreno a la que demandó por presuntas calumnias y derecho al honor, en sus declaraciones: “Debo absolver y absuelvo a los demandados”.
Hace unos días Rocío Carrasco y Olga Moreno volvieron a coincidir en los juzgados por una demanda que la hija de Rocío Jurado interpuso contra la exmujer de Antonio David. En ella la acusaba de calumnias y derecho al honor, tal y como publicó la revista ‘Lecturas’, tras unas declaraciones que Olga Moreno hizo en 2019 sobre la inexistencia de relación entre Rocío Carrasco y sus propios hijos.
Sin embargo, la resolución del Tribunal Supremo no ha sido la esperada por parte Rocío Carrasco, ya que la justicia le ha dado la razón a Olga Moreno. Y por lo tanto no deberá pagar los 90.000 euros que reclamaba la parte demandante.
Tal y como ha sabido Europa Press, la Sala Civil del Supremo concluye que la ganadora de ‘Supervivientes’ no habría vulnerado con sus declaraciones ni el derecho al honor ni a la intimidad personal y familiar de Carrasco. En contra de lo que defendía. Y, por ello, tendrá que pagar las costas del procedimiento.
“Fallo. Que desestimo la demanda presentada por Dña. Rocío Carrasco Mohedano contra Dña. Olga Moreno Obrero y la entidad RBA Revistas S.L. Y debo absolver y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos formulados en su contra. Y todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandante“, señala ‘Europa Press’, que ha tenido acceso al fallo emitido por la Sala Civil del Supremo.
El juez considera que Olga Moreno no ha infringido el derecho a la intimidad y al honor de Rocío Carrasco. Ya que se trata de personajes con “proyección pública” por lo que las reglas son diferentes.
“Ha puesto en riesgo la intimidad que tan celosamente defiende exponiéndola en sucesivas entrevistas”
Y no sólo eso sino que, además, la resolución arremete contra la actitud de la hija de Rocío Jurado por haber realizado entrevistas, donde ha puesto en riesgo los derechos fundamentales de la demandada. “Ha puesto en riesgo la intimidad que tan celosamente defiende exponiéndola en sucesivas entrevistas”, expone.
“Cualquiera que sea la opinión que merezca este género televisivo, quien voluntariamente se presta a participar en él, en el caso de la demandante, generando polémica para así lograr su aparición en programas sucesivos gracias a pautas de comportamiento extravagantes o escandalosas, no puede pretender que se proteja su honor frente a expresiones objetivamente“, añade la sentencia.
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