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La justicia se posiciona a favor del poker español

La justicia se posiciona a favor del poker español

El Main Event de las World Series of Poker (WSOP), evento que corona cada año al campeón mundial del popular juego de cartas, se utiliza como indicador del estado de salud general del poker en todos los países del mundo. Según los datos demográficos de la última edición de este evento, en el que se conmemoró el 50 aniversario de las WSOP, España aportó un total de 79 participantes. Esta cifra representa un crecimiento notable por parte del poker español, especialmente por las nuevas generaciones de jugadores que se han curtido en el exilio debido a la Ley 13/2011 de regulación del juego que entró en vigor en el año 2012 y las altas cargas impositivas por parte del Gobierno español.

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En la publicidad no solo triunfan los más guapos

Adrián Mateos, considerado como el mejor jugador español de la historia del poker, ha reconocido en más de una ocasión que España es un país en el que es prácticamente imposible vivir del juego de cartas. El jugador madrileño, que se fue a vivir a Londres con tan sólo 18 años, culpa a la regulación del juego realizada por la administración del exilio de otros talentos a sitios como Reino Unido.

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Problemas del mercado español

Uno de los problemas del mercado español era que los jugadores nacionales, como Gerard Piqué, sólo podían jugar online entre ellos. Una situación que cambió en 2017, cuando las autoridades reguladoras de España, Francia, Italia y Portugal firmaron el Acuerdo sobre la liquidez compartida. Sin embargo, el mayor inconveniente del mercado español sigue siendo la alta carga impositiva sobre los jugadores profesionales, que puede alcanzar hasta el 45%, algo inviable teniendo en cuenta los retornos del juego de cartas.

La tributación excesiva es la principal causa de la emigración de los jugadores españoles de poker, especialmente a Reino Unido. Ahí el juego de cartas está exento de impuestos. En este país, las salas de poker son las encargadas de tributar por los jugadores, ya que se considera que el usuario paga sus impuestos cuando abona la cuota de entrada a un torneo. En cambio, el Gobierno España establece una doble tributación, debido a que el dinero procede tanto de los usuarios como de las propias salas. Por si fuera poco, el carácter retroactivo de la Ley 13/2011 obliga a muchos profesionales a tener que pagar impuestos por determinados premios que han conseguido años atrás. Además, el Ministerio de Hacienda no permite a los jugadores imputar las pérdidas cuando éstas superan a las ganancias, por lo que nadie compensa las pérdidas de los usuarios.

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El caso de Tomeu Gomila

La forma de actuar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia recaudatoria relacionada con el poker está en el punto de mira de los tribunales. Uno de los casos más recientes es el de Tomeu Gomila “Amatos”. El jugador mallorquín acabó en la quinta posición del EPT Barcelona de 2011, un torneo histórico para el poker nacional, ya que cuatro españoles alcanzaron la mesa final. Una posición con la que consiguió un premio de 190.000 euros. El problema llegó a la hora de realizar la declaración de la renta, ya que Tomeu declaró 35.000 euros en ganancias que había conseguido en el juego de cartas durante ese ejercicio fiscal. Sin embargo, Hacienda, que durante esa época realizó una serie de inspecciones a los jugadores de poker, impuso al mallorquín una sanción de casi 60.000 euros, además de obligarle a pagar la diferencia.

Tomeu Gomila decidió acudir a la vía judicial asesorado por su hermana Antonia. El mallorquín solicitó a la Agencia Tributaria que no sólo tuviera en cuenta las ganancias, sino también las pérdidas que tuvo en ese ejercicio fiscal, como el coste de la inscripción a los torneos en los que no había conseguido ganar ningún premio. En este punto hay que recordar que en diciembre de 2012 el Ministerio de Hacienda publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de modificaciones sobre la ley 35/2006 del IRPF. Estas permitían a los jugadores la deducción de pérdidas con límite de las ganancias obtenidas en un mismo periodo impositivo.

Siete años después, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) admite que se debe descontar ese dinero procedente de las pérdidas registradas durante ese ejercicio fiscal, como se está haciendo en los últimos años. Además, obliga a la Agencia Tributaria a realizar una nueva declaración, además de disminuir la sanción que se le impuso. El TSJB señala que, si no se descontaran estas cuantías, “se afectaría gravemente a los principios de capacidad económica al gravarse unas ganancias irreales. Lo que ha de gravarse es el incremento real en el patrimonio, no un incremente ficticio”. De esta forma, la justicia permite que los jugadores puedan deducirse del pago de sus impuestos todos aquellos derivados del poker, como puede ser el precio de inscripción en un torneo.

La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)

El pasado 17 de julio, el Tribunal Superio de Xustiza de Galicia (TSXG) dio a conocer la sentencia de un contribuyente gallego que no declaró las ganancias obtenidas en distintos torneos de poker durante el año 2010. Hacienda le exigía el pago de 12.435 euros para saldar la deuda correspondiente en la liquidación del IRPF, además de una multa de 8.000 euros. Mediante ese fallo del alto tribunal gallego, Hacienda debe recalcular la liquidación del IRPF de ese ejercicio fiscal restando la cuota de inscripción de 1.100 euros que tuvo que pagar el contribuyente por su participación en el torneo Spanish Poker Tour celebrado en el Gran Casino Castellón.

Esta sentencia, al igual que la emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) en el caso de Tomeu Gomila, confirman que los premios obtenidos en los torneos de poker, tanto en casinos físicos como online, integran la base imponible general del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), por lo que los contribuyentes están obligados a declarar las ganancias obtenidas en el juego de cartas. Al mismo tiempo, ambas sentencias coinciden en que los jugadores pueden deducir del pago de su impuesto aquellos gastos derivados de los torneos, entre los que se incluyen los gastos del viaje, estancia y manutención, o la propia inscripción en la competición.

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